La segunda audiencia de debate contravencional de la circunscripción judicial se realizó el viernes en Gualjaina. Se analizó la responsabilidad por una serie de agravios e injurias públicas contra la imagen y el honor de un comisario de la Policía provincial.
En la audiencia participaron integrantes del Ministerio Público Fiscal, el fiscal general Ezequiel Forti y la abogada contratada de Fiscalía Consuelo Hernández.
Los procesos contravencionales, a diferencia de los penales, examinan faltas o conductas que afectan la convivencia social y el respeto en el espacio público, de acuerdo con el Código de Convivencia Ciudadana provincial.
Los hechos incluidos en la acusación
La Fiscalía presentó pruebas sobre dos episodios ocurridos en la localidad. El primero habría sucedido en enero de 2026, cuando aparecieron pintadas con aerosol negro en un cartel publicitario situado en el acceso a Gualjaina, junto a la Ruta Nacional N° 12. Según la acusación, las frases incluían insultos y acusaciones contra el jefe policial local.
El segundo hecho ocurrió en octubre de 2025. Durante la noche, alguien dejó un panfleto impreso con la cara del efectivo dentro del cajero automático del Banco del Chubut. Las cámaras de seguridad de la entidad registraron la secuencia, que también quedó documentada en un informe de la Brigada de Investigaciones.
La Fiscalía planteó que los episodios podrían encuadrarse en infracciones a los artículos 83 y 118 del Código de Convivencia Ciudadana, por afectar el honor y representar un uso indebido y perjudicial de la imagen de una persona.
El planteo de la defensa
La defensa rechazó las imputaciones y pidió la absolución del acusado. Sostuvo que las pruebas presentadas no permiten acreditar con certeza la autoría, cuestionó aspectos técnicos de la incorporación de algunas evidencias y alegó irregularidades en el procedimiento que, según su planteo, deberían invalidarlas.
Tras escuchar los alegatos de ambas partes, la jueza de Paz suplente Julissa Aylin Maglione cerró el debate. La magistrada se tomará el plazo legal de tres días hábiles para resolver si declara culpable al acusado y lo sanciona o si lo absuelve de las faltas imputadas.






