La puesta en marcha de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) se aplazó hasta el 1 de diciembre, un mes después de lo previsto inicialmente. La modificación fue establecida por el Decreto 1228/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La norma también extendió de seis a doce períodos mensuales completos el tiempo que debe transcurrir antes de utilizar los fondos. El plazo se cuenta desde el registro inicial ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Cómo funcionarán los fondos
Los FAL fueron creados por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 para que los empleadores privados puedan afrontar obligaciones derivadas de la extinción de contratos de trabajo. Los recursos se canalizarán mediante fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El régimen no comprende las relaciones laborales del empleo público.
Entre los fundamentos de la medida, el decreto señala que el plazo inicial de seis meses no alcanzaba para conformar un patrimonio que permitiera cubrir las erogaciones previstas.

Los motivos de la prórroga
El aplazamiento apunta a completar las adecuaciones tecnológicas y los procedimientos operativos para implementar el sistema. La prórroga había sido solicitada por cámaras vinculadas a los fondos comunes de inversión y los fideicomisos financieros, agentes de bolsa y la propia CNV, con el objetivo de asegurar el funcionamiento del mercado.
El decreto fue firmado este lunes y rige desde su publicación. La postergación de la entrada en vigencia y la extensión del período de carencia no suprimen las obligaciones laborales que los fondos deberán cubrir.






