El juez José Luis Ennis dispuso que el imputado cumpla 30 días de detención domiciliaria. No podrá salir del domicilio sin autorización judicial y deberá respetar una prohibición de acercamiento y de contacto, por cualquier vía, con sus hijos. Si incumple las medidas, podría volver a prisión.
La Fiscalía había pedido extender por ese plazo la prisión preventiva. La procuradora Cecilia Bagnato y el fiscal Fidel González argumentaron que el arraigo del imputado en la zona era débil y que no podía mantener un vínculo actual con su esposa y sus hijos. También señalaron que su actividad no lo vinculaba al lugar y que tenía recursos para trasladarse. Como otro fundamento, mencionaron riesgos de entorpecimiento de la investigación respecto de posibles testigos y de las víctimas.
Bagnato sostuvo que debían mantenerse abiertas todas las hipótesis hasta completar las medidas destinadas a confirmarlas o descartarlas, y afirmó que esas diligencias se realizan a diario. La Asesoría de Familia, representada por Marcos Ponce, respaldó el pedido y planteó la necesidad de proteger a los adolescentes durante el proceso. Además, informó que se abrió un expediente en el Juzgado de Familia y que distintos organismos estatales participan de su cuidado y asistencia.
La defensa particular solicitó la libertad del imputado. Como alternativa, ofreció un domicilio para que cumpliera allí una eventual detención domiciliaria y presentó testigos para acreditar su arraigo en la zona.
Al tomar la decisión, Ennis tuvo en cuenta el avance de la investigación y los nuevos elementos incorporados. Consideró que en esta etapa todavía había elementos suficientes para sostener la probabilidad de autoría y que seguía abierta más de una hipótesis sobre los hechos. También entendió que persistían los riesgos procesales que habían fundamentado la prisión preventiva.
Sin embargo, el juez dio por acreditado que el imputado vive y desarrolla su actividad en la zona desde hace algunos años. También valoró que tiene más de 70 años y señaló que, si fuera condenado por un delito con pena de prisión, podría cumplirla en un domicilio. A su criterio, ese criterio también debía aplicarse al establecer una medida de coerción.
La audiencia se realizó a puertas cerradas, sin acceso del público ni de la prensa. Al comienzo, la Fiscalía y la Asesoría pidieron a la defensa que respetara la reserva sobre los adolescentes y cualquier información relacionada con ellos.






