La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ratificó la orden de reincorporar al sistema formal de enseñanza a una niña de 5 años que había dejado de asistir al jardín y recibía educación en su casa.
Los camaristas confirmaron la sentencia de primera instancia de la jueza de Familia Mariela Panigadi, que había dispuesto el regreso inmediato de la niña a la escuela. Los abogados de sus padres apelaron esa decisión.
El origen del conflicto
El caso se inició a fines de 2025, cuando un jardín de Puerto Madryn informó a la Asesoría de Familia que la niña no concurría desde junio de ese año. Sus padres señalaron que la habían retirado por desacuerdos con la dinámica de la institución, la rotación de docentes y episodios de llanto después de las vacaciones de invierno.
La familia optó entonces por un esquema de «homeschooling» o «escuelas sombrilla», a través de una plataforma educativa vinculada a un convenio con una entidad internacional. Como fundamento, invocó el derecho a enseñar y aprender previsto en el artículo 14 de la Constitución Nacional y la libertad de los padres para elegir la educación de sus hijos. El Ministerio de Educación de Chubut informó que la niña no estaba matriculada en ningún programa oficial o supervisado.
Los argumentos del fallo
La Cámara recordó que en la provincia la escolarización presencial es obligatoria desde los 4 años hasta la finalización del nivel secundario. También indicó que la normativa argentina limita la educación a distancia a mayores de 18 años y a situaciones excepcionales del ámbito rural.
En el expediente se incluyeron informes del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) y evaluaciones psicopedagógicas. Allí se planteó que la escuela es un ámbito de socialización con pares, integración, aprendizaje de normas y contacto con distintas formas de expresión.
Los especialistas sostuvieron además que la enseñanza exclusivamente en el hogar, a cargo de la madre, generaba un vínculo de alta dependencia. También consideraron que dejar de asistir ante la primera dificultad suponía un corrimiento del rol adulto de guía.
La escucha de la niña
Los jueces Guillermo Hansen y Heraldo Fiordelisi escucharon a la niña en una audiencia, en cumplimiento de su derecho a ser oída. De acuerdo con el fallo, ella expresó que le gustaba ir al jardín.
La institución informó que la niña estaba integrada y que no presentaba resistencia ni dificultades para socializar. Con esos elementos, los camaristas concluyeron que interrumpir nuevamente su escolaridad para imponer el modelo elegido por sus padres afectaría su interés superior.






